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  • Formulario de solicitud

    Convocatoria para la concesión de ayudas económicas a la natalidad y/o adopción.
  • Debe cumplimentar este formulario para poder solicitar la ayuda

    Importante: los campos indicados con * son obligatorios para poder enviar el formulario.
  • 1. DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE DE LA AYUDA

  • Introduzca un DNI o TIE correcto para poder enviar el formulario

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  • Los menores emancipados deberán aportar obligatoriamente el documento acreditativo de la emancipación en el punto “Otra Documentación” del apartado 8 “Documentación a adjuntar”. 

  • 2. DATOS DEL OTRO PROGENITOR/A O ADOPTANTE

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  • 3. DATOS DEL REPRESENTANTE

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  • 4. DATOS DEL HIJO/A (CAUSANTE) POR EL QUE SE PIDE LA AYUDA

    NOTA: Si varios hijos/as que cumplen los requisitos (nacidos/as o adoptados/as entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de octubre de 2025), deberá cumplimentar este formulario de solicitud por cada uno de ellos.

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  • 5. CUENTA CORRIENTE DEL SOLICITANTE PARA EL INGRESO DE LA AYUDA

  • Introduzca un IBAN y un número de cuenta correctos para poder enviar el formulario.

  • La persona solicitante declara bajo su responsabilidad que la cuenta corriente indicada en este formulario es de su titularidad y que los datos proporcionados son correctos. Asimismo, autoriza al Ayuntamiento a dar de alta dicha cuenta en el sistema de pagos a terceros del propio Ayuntamiento para el ingreso de la ayuda.

    La persona solicitante asume toda responsabilidad en caso de error en los datos facilitados, así como en el supuesto de que la cuenta indicada no sea de su titularidad. En ningún caso el Ayuntamiento de Córdoba será responsable de cualquier incidencia derivada de la incorrecta aportación de la cuenta corriente o de la titularidad de la misma.

  • 6. DECLARACIÓN RESPONSABLE

    La persona abajo firmante, DECLARA bajo su responsabilidad:

  • 7. DECLARACIÓN SOBRE DATOS Y VERIFICACIÓN

    Los datos que se declaran de forma responsable podrán ser objeto de comprobación por el Ayuntamiento de Córdoba en el ejercicio de las potestades de verificación que le atribuye la Disposición Adicional octava de laLey Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, que regula la potestad de verificación de las AdministracionesPúblicas, el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como las letras d) y k) del artículo 95.1 de la 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria, que amparan el suministro de datos tributarios para la lucha contra el delito fiscal y contra el fraude en la obtención o percepción de ayudas o subvenciones a cargo de fondos públicos o de la Unión Europea, así como la colaboración con las Administraciones públicas para el desarrollo de sus funciones, previa autorización de los obligados tributarios a que se refieran los datos suministrados:

  • 8. PROTECCIÓN DE DATOS

    En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:

    a. El Responsable del tratamiento de los datos personales que nos aporta y de aquellos que puedan ser recabados en el ejercicio de la potestad de verificación es la Delegación de SERVICIOS SOCIALES del Ayuntamiento de Córdoba con domicilio en Calle Capitulares, 1; DP.: 14071 de Córdoba, teléfono 957 499900.

    b. La dirección de correo electrónico de nuestro Delegado de Protección de Datos: delegadodeprotecciondedatos@cordoba.es

    c. Los datos personales que nos proporciona son necesarios para la gestión de la ayuda que nos solicita, cuya base jurídica es la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de conformidad con la normativa reguladora pueden ser objeto de cesión para fines de evaluación, seguimiento y control a los órganos de instrucción y resolución de la convocatoria y a los organismos de control competentes y a través de la Base Nacional de Subvenciones a otras Administraciones Públicas.

    d. La persona solicitante acepta y autoriza expresamente que su número de teléfono móvil y su dirección de correo electrónico, proporcionados durante el proceso de solicitud, sean utilizados para el envío de mensajes relacionados con la información sobre el estado de su solicitud. Dichos mensajes serán enviados únicamente con el propósito de mantener al usuario informado sobre el progreso, actualización o resolución de su solicitud, y no serán utilizados para ningún otro tipo de comunicación o finalidad.

    e. Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento, ante el Ayuntamiento de Córdoba, C/ Capitulares, 1; CP.: 14071-Córdoba o en la dirección de correo electrónico delegadodeprotecciondedatos@cordoba.es 

  • DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR:

  • Por favor, asegúrese de que los archivo subidos no contiene tildes, ñ, o caracteres especiales en su nombre de archivo, esto podría ocasionar errores en la generación del formulario.

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  • NORMATIVA DE APLICACIÓN

    Según el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta ley las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes, salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora:

    1. Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.

    2. Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

    3. Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

    4. Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.

    5. No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente.

    6. Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
    7. No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.

    8. Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a ésta u otras leyes que así lo establezcan.

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